SANTO DOMINGO. La Comisión Especial que estudia la elaboración de una nueva ley que rija las actividades de los partidos políticos reconocidos por la Junta Central Electoral (JCE), aprobó la incorporación de un tope máximo a las recaudaciones que podrán recibir las agrupaciones, cuyo monto no podrá superar el uno ciento (1%) del monto máximo correspondiente al partido que reciba mayor asignación de fondos públicos.

La decisión fue adoptada mediante consenso de los partidos representados en dicha comisión, y la misma constituye uno de los temas que mayor debate ha ocasionado en el seno de la misma, lo que ha sido considerado como un paso de avance importante en el conocimiento de la pieza, que deberá de ser aprobada por el hemiciclo de ambas cámaras legislativas dentro de poco tiempo.

SANTO DOMINGO. La Comisión Especial que estudia la elaboración de una nueva ley que rija las actividades de los partidos políticos reconocidos por la Junta Central Electoral (JCE), aprobó la incorporación de un tope máximo a las recaudaciones que podrán recibir las agrupaciones, cuyo monto no podrá superar el uno ciento (1%) del monto máximo correspondiente al partido que reciba mayor asignación de fondos públicos.

La decisión fue adoptada mediante consenso de los partidos representados en dicha comisión, y la misma constituye uno de los temas que mayor debate ha ocasionado en el seno de la misma, lo que ha sido considerado como un paso de avance importante en el conocimiento de la pieza, que deberá de ser aprobada por el hemiciclo de ambas cámaras legislativas dentro de poco tiempo.

Segùn los aprobado en la comisión los partidos podrán recibir aportes procedentes de personas naturales, presentando una nómina de contribuyentes publicada en la página web conforme a lo que establece la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.

Asimismo,  se considerarán ilícitas todas las donaciones a los Partidos y agrupaciones políticas provenientes de cualquier persona moral de derecho público, salvo la contribución estatal señalada por ley; las contribuciones de gobiernos e instituciones extranjeras, a excepción de los aportes de organizaciones extranjeras de carácter académico; los aportes provenientes de personas físicas o jurídicas vinculadas a actividades ilícitas y los que sea imposible determinar su procedencia u origen, a excepción de las colectas populares.

En tal virtud, será ilícito cualquier financiamiento que no sea el definido por la ley. Tampoco pueden recibir fondos de empresas de capital extranjero que no estén establecidas con domicilio o residencias fijas en el territorio nacional.

En otro aspecto, se informó que los Partidos podrán reservarse un máximo de candidaturas a cargos de elección popular equivalente al veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones, las cuales deben ser acordadas con no menos treinta días (30) antes del inicio de la precampaña correspondiente. Se aprobó que cada partido o agrupación política reconocida, con la colaboración de la JCE, deberá instituir un sistema de educación política, por un monto no menor al diez por ciento (10 %), de la suma entregada por concepto del financiamiento estatal.